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Ley de Transparencia Artículo 66

De conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Querétaro, los sujetos obligados de dicha ley pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada la información pública en medios electrónicos, para lo cual deberán tener un portal de internet, con el sitio en el que se encuentre la información pública.